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Índice de jurisprudencia — Río Negro

Fallos jurisdiccionales

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'[DENUNCIANTE_1] C/ [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N° 11 2DA CIRC. - G. ROCA21/07/2026Sent. 454 · Interlocutoria

La jueza de familia fijó una cuota alimentaria provisoria a favor del hijo de [DENUNCIANTE_1]. Ordenó que [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] deposite el 20% del total de sus ingresos por todo concepto, descontados únicamente los rubros obligatorios de ley, con un piso equivalente al 100% del SMVM. La cuota debe depositarse del 1 al 10 de cada mes en una cuenta judicial del Banco Patagonia y rige por 180 días, plazo en el que deberán iniciarse las acciones de fondo por alimentos definitivos.

NNyAAnonimizaciónFamiliaalimentos provisorioscuota alimentariaporcentaje ingresossmvmbanco patagonia

[DENUNCIANTE_1] C/ [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N° 11 2DA CIRC. - G. ROCA16/07/2026Sent. 451 · Interlocutoria

La jueza de Familia de General Roca decretó la exclusión del hogar de [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] y puso a [DENUNCIANTE_1] en posesión de la vivienda, complementando una prohibición de acercamiento ya vigente. También ordenó rondines policiales diarios durante 20 días. En favor de los hijos fijó por 180 días una cuota alimentaria provisoria del 20% de los ingresos del denunciado, con un mínimo equivalente al 100% del Salario Mínimo Vital y Móvil, más las asignaciones familiares que perciba. La prestación debe depositarse del día 1 al 10 de cada mes.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarexclusion del hogaralimentos provisorios20 por cientoSMVMrondines policiales

[ADOPTADO_/ADOPTADA_1] Y [ADOPTADO_/ADOPTADA_2] S/ DECLARACION DE ADOPTABILIDAD

UNIDAD PROCESAL N° 11 2DA CIRC. - G. ROCA08/07/2026Sent. 443 · Interlocutoria

El Juzgado de Familia de General Roca autorizó a [ADOPTADO_/ADOPTADA_2] y [ADOPTADO_/ADOPTADA_1] a viajar dentro de la zona del Alto Valle de Río Negro hasta la ciudad de Neuquén. La autorización se dictó para llevar adelante el plan de vinculación definido en la audiencia del 03/07/2026 y permite el traslado de los niños, que se encuentran a cargo del [DIRECCION_ADOPTADO_/ADOPTADA_1], en compañía de [APOYOS_Y_FAMILIARES_O_TERCEROS_1]. La resolución es una orden operativa dentro del proceso de declaración de adoptabilidad y no modifica por sí sola la situación de adoptabilidad. También ordenó expedir testimonio y cumplir por secretaría de OTIF.

NNyAAnonimizaciónFamiliaadoptabilidadautorizacion viajennyaplan vinculacionalto valleneuquen

'[ACTOR_1]' C/ '[DEMANDADO_1]' S/ HOMOLOGACION

UNIDAD PROCESAL N° 11 2DA CIRC. - G. ROCA02/07/2026Sent. 422 · Interlocutoria

El Juzgado de Familia de General Roca hizo lugar parcialmente a la impugnación del demandado contra la planilla de liquidación presentada por la actora. Ordenó que la actora practique una nueva liquidación conforme lo resuelto y difirió la regulación de honorarios. La decisión se apoyó en que la planilla no debía recalcular íntegramente cuotas ya canceladas mediante libramientos aprobados, sino limitarse al período posterior, desde septiembre de 2024 hasta junio de 2025, y computar intereses sobre diferencias devengadas hasta cada libramiento.

NNyAAnonimizaciónFamiliaalimentosliquidacionimpugnacioninteresescuotas canceladasfamilia

T.C.V.C.V.M.J. S/ ALIMENTOS

UNIDAD PROCESAL N° 11 2DA CIRC. - G. ROCA23/06/2026Sent. 406 · Interlocutoria

El tribunal hizo lugar en el proceso T.C.V.C.V.M.J. S/ ALIMENTOS. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: RESUELVO : I) Hacer lugar a la impugnación efectuada por el demandado y en consecuencia, aprobar en cuanto a lugar por derecho, la planilla efectuada por el mismo, por el período comprendido. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

NNyAFamiliaalimentosfamiliafija cuota alimentaria

M.T.B.C.M.R.N. S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N° 11 2DA CIRC. - G. ROCA16/06/2026Sent. 379 · Interlocutoria

El tribunal dispuso en el proceso M.T.B.C.M.R.N. S/ VIOLENCIA. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: Líbrese testimonio de la presente medida. LO QUE ASÍ RESUELVO. Fdo.: Natalia A. Rodríguez Gordillo, Jueza. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

Violencia familiarFamiliaviolencia familiarfamiliadicta medidas proteccion

R.J.P.E.C.C.S.G. S/VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N° 11 2DA CIRC. - G. ROCA11/06/2026Sent. 377 · Interlocutoria

El tribunal dispuso en el proceso R.J.P.E.C.C.S.G. S/VIOLENCIA. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: el dispositivo oficial cargado en la sentencia. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

Violencia familiarFamiliaviolencia familiarfamiliadicta medidas proteccion

M.R.N.R. C/ M.P.E.T.S.E.Y.M.P.L. S/ ALIMENTOS

UNIDAD PROCESAL N° 11 2DA CIRC. - G. ROCA05/06/2026Sent. 362 · Interlocutoria

El tribunal homologó en el proceso M.R.N.R. C/ M.P.E.T.S.E.Y.M.P.L. S/ ALIMENTOS. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: fíjase en carácter de cuota alimentaria provisoria la suma equivalente al 80 % SMVM . Para el supuesto que el alimentante se encuentre trabajando en relación de dependencia, la cuota abonada se. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

NNyAFamiliaalimentosfamiliafija cuota alimentaria

S.S.J.A.M. S/ MEDIDA DE PROTECCION DE DERECHOS

UNIDAD PROCESAL N° 11 2DA CIRC. - G. ROCA05/06/2026Sent. 364 · Interlocutoria

El tribunal dispuso en el proceso S.S.J.A.M. S/ MEDIDA DE PROTECCION DE DERECHOS. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: RESUELVO: 1) Decretar la legalidad de la PRÓRROGA de la medida de protección excepcional adoptada por el Organis mo Proteccional según constancias de fecha 26/5/2026, por un término de noventa (90) días. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

NNyASalud mentalFamiliaprotección de derechosfamiliacomputa pena

D.N. S/ PROCESO DE CAPACIDAD

UNIDAD PROCESAL N° 11 2DA CIRC. - G. ROCA05/06/2026Sent. 360 · Interlocutoria

El tribunal dispuso en el proceso D.N. S/ PROCESO DE CAPACIDAD. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: líbrese testimonio. La persona designada como "figura de apoyo" deberá presentarse en el expediente aceptando esta responsabilidad que aquí se le atribuye, previo al libramiento del testimonio que le permitirá efectuar los. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

SaludFamiliacapacidadfamiliaordena medida

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