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Índice de jurisprudencia — Río Negro

Fallos jurisdiccionales

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M.P.S.V. C/ R.R.F. S/ EJECUCION DE ALIMENTOS

UNIDAD PROCESAL N° 10 SAN CARLOS DE BARILOCHE (JUZGADO DE FAMILIA N° 10)07/07/2026Sent. 27 · Monitoria

El juzgado dictó sentencia monitoria en una ejecución de convenio alimentario promovida contra Rubén Fabián Riquelme. Ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago de $20.784.198,29, con intereses moratorios según la doctrina legal del STJ y costas, y presupuestó $5.000.000 para intereses y costas. También ordenó abrir cuenta judicial en Banco Patagonia, autorizó a Sandra Verónica Maripan Pinilla a percibir los fondos y dispuso oficios para informar activos y trabar embargo preventivo.

Familiafamiliaalimentosejecucion conveniosentencia monitoriacapital reclamadoembargo

C.A.A.C/ P.C.S.N. S/ ALIMENTOS (DIGITAL)

UNIDAD PROCESAL N° 10 SAN CARLOS DE BARILOCHE (JUZGADO DE FAMILIA N° 10)17/06/2026Sent. 22 · Monitoria

El tribunal dispuso en el proceso C.A.A.C/ P.C.S.N. S/ ALIMENTOS (DIGITAL). La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: líbrese oficio a la Cámara Primera del Trabajo. III) Regístrese y protocolícese. Laura Clobaz Jueza. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

Familiaalimentosfamiliaordena medida

M.A.M. C/ G.W.A. S/ EJECUCION DE ALIMENTOS

UNIDAD PROCESAL N° 10 SAN CARLOS DE BARILOCHE (JUZGADO DE FAMILIA N° 10)12/06/2026Sent. 20 · Monitoria

El tribunal dispuso llevar adelante en el proceso M.A.M. C/ G.W.A. S/ EJECUCION DE ALIMENTOS. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: RESUELVO: I) Tener por promovida ejecución de convenio contra el Sr. Wilson Alexander GILLIG, DNI Nro. 35.102.765, que tramitará conforme lo dispuesto en el art. 438 inc. 6) y 446 (ley 5569). La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

NNyAFamiliaalimentosfamilialleva adelante ejecucion

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