[ACTOR_1] EN REP. DE [ACTOR_2] C/ IPROSS S/ AMPARO
La jueza declaró procedente el amparo promovido por [ACTOR_1] en representación de [ACTOR_2] contra I.PRO.S.S. Ordenó al Instituto Provincial del Seguro de Salud que, en el término de DIEZ días, adopte medidas concretas, efectivas y razonables para que el amparista cuente con los materiales solicitados por el Dr. Matías Jorge y pueda acceder a la cirugía requerida. La sentencia tuvo por configurada una conducta arbitraria de la obra social, porque no se acreditó ningún trámite administrativo útil ni gestiones oportunas para cumplir la prestación. Además, fijó apercibimiento de astreintes de $200.000.- por cada día de retardo a favor del actor si no cumple en el plazo.
