VERDUGO Y/O BERDUGO Y/O VERDUGO BASCUÑAN BERTA Y/O BERTA DELIA, MELLADO PEDRO EMILIANO Y MELLADO JUAN S/ SUCESIÓN INTESTADA
La unidad jurisdiccional reguló honorarios en una sucesión intestada. Fijó los de la Dra. María Carolina Cailly, por la primera y segunda etapas cumplidas, en $1.341.557,88 a cargo de los herederos declarados, y los de la Dra. Betiana Patricia Caro, por intervención parcial en la segunda etapa, en $447.185,96. También ordenó cumplir con el aporte de Ley 869 y dejó la regulación de la tercera etapa a lo dispuesto por la Cámara de Apelaciones en los precedentes citados.
