A.N.L. C/ V.T.M.A. S/ ALIMENTOS
El juzgado de Bariloche rechazó ambas impugnaciones a la liquidación de alimentos y ordenó que por Secretaría se practique una nueva planilla. La actora reclamaba montos adeudados por cuota alimentaria en favor del niño, mientras que el progenitor discutía la exigibilidad mensual e incorporaba un pago de $600.000,00. La resolución tuvo por imputable ese pago al mes de mayo y precisó que debía aplicarse la actualización semestral del 15% acordada por las partes, con intereses a la fecha conforme tasa antecedente Machin.
