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Índice de jurisprudencia — Río Negro

Fallos jurisdiccionales

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CORREA, BEATRIZ CECILIA C/ CID OTAROLA, MANUEL NOLASCO ENRIQUE Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (ORDINARIO)

UNIDAD JURISDICCIONAL CIVIL NRO. 21 - VILLA REGINA19/06/2026Sent. 73 · Definitiva

El tribunal homologó en el proceso CORREA, BEATRIZ CECILIA C/ CID OTAROLA, MANUEL NOLASCO ENRIQUE Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (ORDINARIO). La decisión encuadra el caso en materia civil danos y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: S ENTENCIO: 1) Homologar con fuerza de sentencia el acuerdo acompañado en movimientos N° VR-67132-C-0000-E0135 y VR-67132-C-0000-E0136, al que han arribado las partes con el consentimiento manifestado en movimiento N° VR-67132-C-0000-E0137. 2). La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia.

Dañosdaños y perjuicioscivil danoshomologa

Ñ.C.S. C/ C.L.I. S/ HOMOLOGACIÓN S/ INCIDENTE DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA

UNIDAD PROCESAL N°7 SAN CARLOS DE BARILOCHE (JUZGADO DE FAMILIA N°7)18/06/2026Sent. 131 · Interlocutoria

El tribunal hizo lugar en el proceso Ñ.C.S. C/ C.L.I. S/ HOMOLOGACIÓN S/ INCIDENTE DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA. La decisión encuadra el caso en materia civil danos y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: RESUELVO: 1) Hacer lugar a las medidas peticionadas en presentación E0006, ordenando librar oficio al Área de Legales del Registro Civil de Viedma, del cual depende el Registro de Deudores Alimentarios a. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia.

NNyADañoshomologacióncivil danoshomologa

I.N.S. S/ HOMOLOGACIÓN DE CONVENIO CIMARC

JUZGADO CIVIL, COM, MIN Y FAM SAO NRO 905/06/2026Sent. 39 · Homologada

El tribunal homologó en el proceso I.N.S. S/ HOMOLOGACIÓN DE CONVENIO CIMARC. La decisión encuadra el caso en materia civil danos y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: R ESUELVO: 1.- Homologar en todos sus términos el acuerdo de fecha 03 de marzo de 2026.- 2.- Imponer las costas al alimentante, Art. 121 del CPF.- 3.- Regular los honorarios profesionales. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia.

NNyASaludDañoshomologacióncivil danoshomologa

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