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Índice de jurisprudencia — Río Negro

Fallos jurisdiccionales

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'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°7 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°7)13/07/2026Sent. 302 · Definitiva

La jueza de feria dispuso mantener hasta el 11 de octubre de 2026 las medidas cautelares de protección adoptadas ante la denuncia de [DENUNCIANTE_1] contra [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]. Las órdenes comprenden restricciones de acercamiento y contacto, y la intervención policial mediante rondas durante cinco días. También ordenó la asistencia del Sistema de Abordaje Territorial y advirtió que el incumplimiento puede motivar una causa por desobediencia judicial. La resolución preservó el carácter provisorio de las órdenes y su revisión posterior por el juzgado.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarmedidas proteccionprohibicion acercamientorondas policialessatplazo medidas

'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N° 5 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°5)13/07/2026Sent. 271 · Definitiva

La jueza de feria dispuso mantener las medidas cautelares adoptadas ante denuncias recíprocas entre [DENUNCIANTE_1] y [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1], vigentes hasta el 9 de octubre de 2026. Las órdenes comprenden restricciones de acercamiento y comunicación, mientras la vinculación con el niño queda a cargo de SENAF. También ordenó intervenciones de SENAF y del Sistema de Abordaje Territorial para informar sobre el grupo familiar, sostener las medidas y evaluar otras acciones de protección. La resolución conserva su naturaleza provisoria y preventiva.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarmedidas reciprocasproteccion nnyasenafsatplazo medidas

'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA (DENUNCIAS RECIPROCAS)

UNIDAD PROCESAL Nº 5 (JUZGADO DE FAMILIA N° 5) - CIPOLLETTI30/06/2026Sent. 429 · Definitiva

El Juzgado dispuso mantener las medidas cautelares recíprocas en una denuncia de violencia entre '[DENUNCIANTE_1]' y '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]'. La exclusión del hogar, la prohibición de acercamiento y la prohibición de contacto quedaron vigentes por 90 DIAS y con radio de 500 mts, bajo apercibimiento de intervención fiscal por desobediencia. También ordenó tratamiento psicológico para ambas partes y dejó sin efecto la intervención de SENAF porque no surgía de la denuncia una situación de riesgo o violencia respecto de los niños.

NNyAViolencia familiarSalud mentalAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarmedidas cautelaresexclusion hogarprohibicion acercamientotratamiento psicologicosenaf

'[DENUNCIANTE_1]' C/'[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL Nº 11 - CIPOLLETTI26/06/2026Sent. 556 · Definitiva

La Unidad Procesal de Familia dispuso mantener por 90 días las medidas cautelares dictadas por el Juzgado de Paz a favor de [DENUNCIANTE_1]. La orden intimó a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] a cumplir la prohibición de acercamiento de 500 mts respecto de la persona, residencia y lugares donde se encuentre la denunciante, bajo apercibimiento procesal y penal. También ordenó comunicar la medida a la comisaría, indicó el abordaje psicoterapéutico previsto por la Ley 3040 y dio vista a la Unidad Fiscal conforme el art. 138 de la ley 5396.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarprohibicion acercamientomedidas cautelaresley 3040unidad fiscal

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