P.A.Y.E.R.D.P.E.A.(.C./.O.D.V.S.L.4.
La jueza de paz tuvo presente y ratificó medidas cautelares telefónicas en una denuncia tramitada bajo Ley 4241. Ordenó mantener la prohibición de acercamiento de O.D.V. hacia P.A.Y. y P.E.A., el grupo familiar conviviente y el domicilio indicado, y dispuso el cese de actos de violencia o episodios molestos, perturbadores, amenazas, intimidación, vigilancia o publicaciones en redes sociales. Las medidas rigen hasta que el juez de familia que intervenga ordene lo contrario, y las actuaciones deben remitirse al Juzgado de Familia de Luis Beltrán.
