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Índice de jurisprudencia — Río Negro

Fallos jurisdiccionales

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Índice indexado · 788 resultados

51 – 60 de 788

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'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE FAMILIA - VILLA REGINA20/07/2026Sent. 310 · Interlocutoria

La jueza dispuso ratificar medidas dictadas por el Juzgado de Paz de Chichinales. Mantuvo por 90 días la prohibición de acercamiento impuesta a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] por un perímetro de 500 mts. respecto de [DENUNCIANTE_1], su domicilio, lugares de trabajo y esparcimiento. También ratificó la prohibición de incidentes, agravios, hostigamientos o reclamos personales y extendió por 5 días el rondín policial ordenado a la Comisaría N° 40. La resolución indicó las vías previstas para denunciar incumplimientos o amenazas.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarratificacionprohibicion acercamientorondin policialchichinales

[CONDENADO_1] S/ CONDENA PRISIÓN EFECTIVA

JUZGADO DE EJECUCIÓN PENAL Nº 8 - CIPOLLETTI20/07/2026Sent. 252 · Interlocutoria

Respecto de [CONDENADO_1], el Juzgado de Ejecución Penal dispuso una medida operativa en la ejecución de pena. Tuvo presente el nuevo domicilio informado en [DIRECCION_CONDENADO_1] y ordenó comunicarlo a la UADME y al IAPL para que elabore el informe social correspondiente. En audiencia, la jueza aclaró a [CONDENADO_1] que siempre debe informar cualquier cambio de domicilio y remarcó que los organismos se presentarían en el domicilio de su tía para realizar los informes ordenados.

Persona privada de libertadAnonimizaciónEjecución penalejecucion penaldomiciliouadmeiaplinforme social

'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL Nº 7 (JUZGADO DE FAMILIA N° 7) - CIPOLLETTI20/07/2026Sent. 583 · Definitiva

El juez de feria dispuso una prohibición de acercamiento contra [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] en favor de [DENUNCIANTE_1]. Ordenó mantener una distancia de 500 Mts. respecto de su persona, domicilio y lugares públicos o privados donde se encuentre, y le prohibió producir incidentes, agravios, hostigamientos o reclamos personales por cualquier medio. La medida es provisoria y rige por 90 DIAS. También dispuso la realización de un programa o tratamiento para revertir actos de violencia y ordenó notificación personal con habilitación de días y horas.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarprohibicion acercamientotratamiento violenciamedida provisoriacipolletti

'[DENUNCIANTE_1]' (EN REPRESENTACION DE [VÍCTIMA_1]) C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°11 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°11)20/07/2026Sent. 303 · Definitiva

La jueza dispuso tener presentes medidas de protección dictadas en turno a favor de la adolescente [VÍCTIMA_1]. La resolución principal prohibió a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] realizar actos de violencia o comunicaciones por cualquier red social contra [VÍCTIMA_1], y le prohibió acercarse a ella, a [DENUNCIANTE_1] y al grupo familiar conviviente a una distancia inferior a 300 metros. Las medidas rigen hasta el día 18/10/2026. En la decisión final, la jueza tuvo presentes esas medidas y su plazo, dio vista a la Defensora de Menores y ordenó registro y protocolización.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiaradolescenteprohibicion acercamientoredes socialesdefensora menores

'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE FAMILIA - VILLA REGINA20/07/2026Sent. 308 · Interlocutoria

La jueza de familia dispuso medidas protectorias en una denuncia de violencia familiar. Prohibió a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] acercarse por 30 días a menos de 500 metros de [DENUNCIANTE_1], su grupo familiar, domicilio, lugares de trabajo y esparcimiento. También prohibió actos de violencia, molestias o perturbaciones por cualquier medio y ordenó a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] iniciar y realizar un abordaje de salud mental para superar comportamientos agresivos. La resolución requirió notificación personal urgente por la Comisaría de la Familia de Villa Regina.

Violencia familiarSalud mentalAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarprohibicion acercamientosalud mentaltratamientovilla regina

[DENUNCIANTE_1] (REP. [NOMBRE_1]) C/ [NOMBRE_2] S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 1RA CIRC. SAN ANTONIO OESTE20/07/2026Sent. 325 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz ordenó medidas protectorias para una adolescente y su representante en una denuncia de violencia familiar. Dispuso que [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] se abstenga de ejercer actos de violencia contra la adolescente [NOMBRE_1] y [DENUNCIANTE_1], de producir incidentes o reclamos por cualquier vía, y de realizar publicaciones en redes sociales sobre la adolescente. También prohibió su acercamiento en un radio de 100 metros respecto de la adolescente y su domicilio. Las medidas rigen por 90 días y las actuaciones se elevan al Juzgado de Familia N° 9.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiaradolescenteprohibicion acercamientoredes socialesnoventa dias

SENAF S/ MEDIDA DE PROTECCION DE DERECHOS

JUZGADO DE FAMILIA LUIS BELTRAN20/07/2026Sent. 411 · Definitiva

La jueza de familia decretó la legalidad de la medida excepcional de protección de derechos dispuesta por SENAF respecto de la adolescente [FAMILIAR_1]. La decisión validó que permanezca bajo el cuidado de su referente afectivo, Sra. [APOYOS_Y_FAMILIARES_O_TERCEROS_2], por el plazo de 60 días. La sentencia valoró que la medida era adecuada, necesaria y proporcional, que se habían cumplido las garantías del debido proceso, incluida la audiencia y el derecho a ser oída de la adolescente, y que respondía a su interés superior.

NNyAAnonimizaciónFamiliamedida excepcionalproteccion nnyasenafreferente afectivoderecho a ser oido

'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL Nº 7 (JUZGADO DE FAMILIA N° 7) - CIPOLLETTI20/07/2026Sent. 328 · Interlocutoria

El juez de feria rechazó continuar el trámite de una denuncia bajo Ley 3040 y ordenó el archivo. Consideró que la presentación de [DENUNCIANTE_1] refería a una problemática del régimen de comunicación respecto de su hija menor de edad, que debía canalizarse por la vía judicial pertinente y no mediante el mecanismo cautelar de violencia familiar. La decisión no adoptó medidas protectorias y mantuvo a las partes informadas sobre el CADeP o patrocinio letrado particular para asesoramiento.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarrechazo cautelarregimen comunicacionarchivovia inadecuada

'[CONDENADO_1]' S/ CONDENA PRISIÓN EFECTIVA

JUZGADO DE EJECUCION PENAL NRO. 8- VIEDMA20/07/2026Sent. 326 · Interlocutoria

La jueza de ejecución penal autorizó el egreso excepcional del interno [CONDENADO_1] para asistir al nacimiento de su hijo. La salida fue concedida desde el Complejo Penal hacia el [LUGAR_3], por el término mínimo de una hora, con custodia policial permanente. La resolución encuadró el pedido en el art. 166 de la Ley 24660 y ordenó registrar, notificar y ejecutar la medida sin perjuicio de recursos, por la proximidad de la fecha de cirugía por cesárea. El objeto fue estrictamente de ejecución penal y no revisó la condena.

Persona privada de libertadAnonimizaciónEjecución penalejecucion penalsalida excepcionalcustodia policialley 24660nacimiento hijo

' [DENUNCIANTE_1] C/ [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] S/ LEY 4241'

JUZGADO DE PAZ 2DA CIRC. CHOELE CHOEL20/07/2026Sent. 143 · Interlocutoria

La jueza de paz dispuso tener presentes medidas cautelares telefónicas bajo Ley 4241. Ratificó la prohibición de acercamiento de H.A. hacia T.J.A. por el término de 30 dias y dispuso el cese de actos de violencia o de episodios molestos y perturbadores, incluidos llamadas, mensajes, persecución, intimidación, amenazas, vigilancia o publicaciones en redes sociales. También ordenó oficio policial para notificación, asistencia letrada para las partes y remisión posterior de las actuaciones al Juzgado de Familia de Luis Beltrán.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarley 4241ratificacionprohibicion acercamientochoele choel

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