ÍTERA Lex
PJ Río NegrookVer fuente oficial ↗

Índice de jurisprudencia — Río Negro

Fallos jurisdiccionales

Índice navegable del corpus completo: cronológico para explorar por año y fecha; por relevancia cuando buscás texto, con señales de carátula, voces, extractos y texto oficial.

Índice indexado · 52 resultados

31 – 40 de 52

Buscar en el portal oficial

'[DENUNCIANTE_1]' C/'[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/VIOLENCIA - LEY 4241

JUZGADO DE PAZ 3RA CIRC. INGENIERO JACOBACCI08/07/2026Sent. 58 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz de Ingeniero Jacobacci ratificó medidas preventivas dictadas telefónicamente en una denuncia de violencia familiar. Ordenó al denunciado abstenerse de actos de violencia, hostigamiento o contacto contra la denunciante y su grupo familiar, fijó una prohibición de acercamiento de 300 metros y dispuso abordaje terapéutico o psicológico dentro de las 48 horas. La resolución tuvo carácter provisorio y cautelar, orientado a resguardar la integridad de la denunciante mientras intervienen los organismos competentes. También requirió informes del área de salud mental y dejó advertido que las medidas se dictan bajo el marco de la Ley 4241.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarmedidas proteccionprohibicion acercamientoabordaje terapeuticoley 4241juzgado paz

'[DENUNCIANTE_1]' POR SI Y EN REP. DE '[DENUNCIANTE_2]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°7 SAN CARLOS DE BARILOCHE (JUZGADO DE FAMILIA N°7)08/07/2026Sent. 362 · Definitiva

El Juzgado de Familia de Bariloche dictó medidas protectorias en favor de [DENUNCIANTE_1], persona adulta mayor, y [DENUNCIANTE_2]. Ordenó al denunciado mantener una distancia mínima de 200 metros respecto del domicilio y de los lugares donde la denunciante desarrolle actividades, y le prohibió actos molestos, perturbadores o contactos personales, telefónicos o digitales. También ofició al área de Adultos Mayores para intervención territorial e informe eventual, y fijó vigencia hasta el 8 de febrero de 2027. La resolución se dictó para prevenir nuevos episodios de violencia y resguardar la integridad de la denunciante, con base en la Ley 26.485, la Convención de Belém do Pará y el Código Procesal de Familia.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiaradulto mayorprohibicion acercamientomedidas protectoriasley 26485belem do para

P.C.P.E.(.T.Y.E.S.V.

JUZGADO DE PAZ 1RA CIRC. GRAL. CONESA08/07/2026Sent. 92 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz de General Conesa dispuso medidas cautelares urgentes en protección de tres niños y frente a una denuncia intrafamiliar. Ordenó la exclusión del domicilio de A.P., convocó a SENAF, salud mental y personal policial para acompañar la notificación, dispuso su traslado al hospital local para evaluar una eventual internación involuntaria y dejó a G.R., T.R. y E.P. bajo el cuidado de su abuela C.P. También fijó custodia policial durante cinco días, prohibición de acercamiento de 300 metros y abstención de actos de violencia o contacto. La resolución se fundó en la urgencia de la situación y en la necesidad de resguardar a los niños.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliaproteccion nnyaviolencia familiarexclusion hogarsenafcustodia policialprohibicion acercamiento

R.N.G. C/ M.A.D. S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°11 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°11)07/07/2026Sent. 292 · Definitiva

La Unidad Procesal de Familia dictó medidas preventivas en favor de N.G.R. frente a A.D.M. en una denuncia de violencia familiar. Prohibió todo acto de violencia, hostigamiento o contacto por cualquier medio, y fijó una prohibición de acercamiento menor a 300 metros respecto de la denunciante. Aclaró que la perimetral queda exceptuada durante el horario laboral por compartir edificio, aunque allí debe evitarse todo contacto. Las medidas rigen hasta el 07 de octubre de 2026 y se fijó audiencia para el 20 de julio de 2026.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliafamiliaviolencia familiarprohibicion contactoprohibicion acercamientoperimetralaudiencia

'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N° 9 SAN CARLOS DE BARILOCHE ( JUZGADO DE FAMILIA N°9)07/07/2026Sent. 225 · Interlocutoria

La jueza de Familia hizo lugar a medidas protectorias solicitadas por [DENUNCIANTE_1] contra [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]. Dispuso prohibición de acercamiento a la denunciante, al domicilio familiar y a sus lugares de trabajo, estudio o esparcimiento, con un radio de 200 metros, y prohibió todo contacto físico, telefónico, electrónico o por cualquier medio. Ordenó intervención policial, seguimiento del Ministerio de Desarrollo Humano y comunicación a la Comisaría de la Familia. Fijó la vigencia de las medidas hasta el 05/10/26 inclusive y advirtió sobre la intervención fiscal ante incumplimientos.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliafamiliaviolencia familiarprohibicion acercamientoprohibicion contactomedidas protectoriasministerio desarrollo

'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N° 9 SAN CARLOS DE BARILOCHE ( JUZGADO DE FAMILIA N°9)07/07/2026Sent. 238 · Definitiva

La jueza de Familia dictó medidas preventivas en favor de [DENUNCIANTE_1] y su hija [FAMILIAR_1] frente a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]. Intimó al denunciado a retirarse del domicilio familiar en dos días, prohibió el acercamiento a 200 metros y todo contacto por cualquier medio, ordenó intervención policial, seguimiento del SAT y comunicación al establecimiento educativo. Las medidas rigen hasta el 05 de octubre de 2026 y se dispuso la entrega inmediata de un botón antipánico a la denunciante.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliafamiliaviolencia familiarnnyaexclusion hogarprohibicion acercamientoboton antipanico

'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 2DA CIRC. ALLEN06/07/2026Sent. 321 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz decretó una prohibición de acercamiento en una denuncia de violencia familiar. Ordenó a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] mantenerse a 200 mts. del domicilio de la denunciante y de cualquier lugar público o privado donde ella se encuentre o transite, y abstenerse de perturbarla directa o indirectamente o realizar reclamos fuera de la vía legal. Las medidas son recíprocas, deben ser respetadas por ambas partes y se remitieron a la Unidad Procesal de Familia para conocimiento, ratificación o eventual sustitución.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarprohibicion de acercamiento200 mtsmedidas reciprocasunidad de familia

'[DENUNCIANTE_1] C/ [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] S/ VIOLENCIA FAMILIAR'

JUZGADO DE PAZ 2DA CIRC. LAMARQUE06/07/2026Sent. 78 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz dictó medidas cautelares provisorias en una denuncia de violencia familiar. Prohibió al denunciado acercarse a la denunciante o ingresar a su domicilio en un radio de 200 metros, y le ordenó abstenerse de actos de violencia, perturbaciones, reclamos personales, persecución, intimidación, amenazas, vigilancia o publicaciones por redes sociales. Las medidas rigen hasta que la jueza de familia disponga lo contrario y su incumplimiento puede dar intervención fiscal por desobediencia judicial correspondiente.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarmedida cautelarprohibicion de acercamiento200 metrosredes sociales

'[DENUNCIANTE_1]' C/'[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 4TA CIRC. CINCO SALTOS06/07/2026Sent. 381 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz dispuso medidas protectorias provisorias frente a una denuncia de violencia familiar. Ordenó al denunciado mantener una distancia no menor a QUINIENTOS (500) metros de la denunciante, abstenerse de incidentes, hostigamientos o reclamos por cualquier medio, y realizar tratamientos psicoterapéuticos obligatorios. También dispuso asistencia médica o psicológica para la denunciante, dio vista al Ministerio Público Fiscal y elevó las actuaciones al juzgado de familia. La vigencia fue fijada por NOVENTA (90) DÍAS.

Violencia familiarSaludSalud mentalAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarprohibicion de acercamiento500 metrostratamiento psicoterapeuticomedida protectoriavista fiscal

[DENUNCIANTE_1] C/ [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 1RA CIRC. SIERRA GRANDE03/07/2026Sent. 69 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz de Sierra Grande dispuso medidas cautelares en una denuncia de violencia familiar. Ordenó a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] mantener una distancia no inferior a DOSCIENTOS (200) metros de [DENUNCIANTE_1], con una excepción limitada por cercanía laboral, y exhortó a ambas personas a evitar hostigamientos o referencias al conflicto. Además requirió intervención del SAT, Salud Mental, servicio social hospitalario y SENAF, fijó SESENTA (60) días de vigencia y remitió la causa al Juzgado de Familia N.º 9.

Violencia familiarNNyASalud mentalAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarprohibicion acercamientosenafsalud mentalmedidas cautelares

La síntesis de ÍTERA Lex no sustituye el texto oficial; verificá contra el portal del PJ Río Negro.

Los documentos referenciados provienen de sus fuentes oficiales (SAIJ, PJ Río Negro, PJ Neuquén). ÍTERA Lex Tools facilita la búsqueda y consulta, enlazando directamente a la fuente oficial.

Un producto de ÍTERA Lex — software de gestión jurídica para estudios y abogados independientes. ÍTERA Lex

Acerca de ÍTERA Lex Tools© 2026 ÍTERA Lex Tools