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Índice de jurisprudencia — Río Negro

Fallos jurisdiccionales

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GIOVANA, CARLOS LUCIANO C/ LEIVA, SANDRA DANIELA Y OTROS S/ EJECUCIÓN DE SENTENCIA

JUZGADO CIVIL, COMERCIAL, MINERÍA Y SUCESIONES N° 3 - CIPOLLETTI03/07/2026Sent. 84 · Monitoria

El Juzgado Civil de Cipolletti ordenó llevar adelante la ejecución de sentencia contra Sandra Daniela Leiva, Pablo Hernán Martinet y Río Uruguay Cooperativa de Seguros Limitada. Ordenó el pago a Carlos Luciano Giovana del capital reclamado de $ 29.050.476,00, con más intereses desde la mora y costas. La monitoria se apoya en una sentencia definitiva ya confirmada y en la liquidación aprobada. También fijó provisoriamente $ 4.400.000,00 para intereses y costas, difirió la regulación de honorarios de ejecución y otorgó CINCO (5) días para pagar u oponer excepciones.

civil_patrimonialejecucion sentenciamonitoriacapitalinteresescostasseguro

HOLZMANN RUIZ, HÉCTOR GASTÓN C/ PROVINCIA DE RÍO NEGRO (POLICÍA) S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

CÁMARA DEL TRABAJO 1RA CIRC. - VIEDMA03/07/2026Sent. 197 · Interlocutoria

La Cámara del Trabajo de Viedma declaró inadmisible el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la Provincia de Río Negro contra una sentencia interlocutoria. La demandada invocaba el tope del 25 % del art. 730 del Código Civil y Comercial para costas y honorarios, pero el tribunal verificó un obstáculo formal: el valor del litigio no alcanzaba el mínimo legal vigente de $5.400.000 fijado por la Acordada N° 31/25. Ese recaudo era ineludible para acceder a la vía de legalidad y funcionó como impedimento formal suficiente. Por eso rechazó la habilitación de la instancia extraordinaria y no impuso costas, porque la contraparte no contestó el recurso.

Contencioso administrativorecurso extraordinarioinadmisibilidadcostashonorariosmonto minimo

ARAMAYO, RAUL CARLOS C/ PROVINCIA DE RÍO NEGRO (MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA) S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

CÁMARA DEL TRABAJO 1RA CIRC. - VIEDMA03/07/2026Sent. 200 · Interlocutoria

La Cámara del Trabajo de Viedma declaró inadmisible el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por Raúl Carlos Aramayo contra la sentencia definitiva del 07/05/2026. El actor cuestionaba la interpretación del régimen salarial del Servicio Penitenciario y sostenía que los decretos 597/17 y 681/17 habían sido aplicados de modo erróneo. El tribunal aplicó la doctrina obligatoria de los precedentes Aravena, Mora y Pereyra y concluyó que habilitar la vía extraordinaria produciría un dispendio jurisdiccional innecesario. La decisión cerró la instancia extraordinaria local sin reabrir el fondo salarial. Impuso costas y reguló honorarios de las abogadas Lucía Benatti y María Lucrecia Rodrigo en $365.849,40 para cada una, más IVA si correspondiera, pagaderos dentro de diez días.

Contencioso administrativocontencioso administrativoempleo publicoservicio penitenciariorecurso extraordinarioinadmisibilidad

FINANPRO S.R.L. C/ COUTINHO, MAXIMILIANO JOSE S/ EJECUTIVO

UNIDAD JURISDICCIONAL CIVIL Nº 5 - BARILOCHE03/07/2026Sent. 98 · Monitoria

La Unidad Jurisdiccional Civil de Bariloche llevó adelante la ejecución promovida por Finanpro S.R.L. contra Maximiliano José Coutinho. Ordenó pagar el capital reclamado de $4.335.100, con intereses limitados por la doctrina legal citada y costas, y estimó provisionalmente $ 8.000.000 para intereses y costas. También reguló honorarios provisorios en $986.036,48 y dispuso embargo ejecutorio sobre remuneraciones y sueldo anual complementario hasta cubrir el capital y el monto presupuestado.

civil_patrimonialejecutivomonitoriacapitalembargohonorariosfinanpro

[DENUNCIANTE_1] C/ [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 1RA CIRC. SIERRA GRANDE03/07/2026Sent. 69 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz de Sierra Grande dispuso medidas cautelares en una denuncia de violencia familiar. Ordenó a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] mantener una distancia no inferior a DOSCIENTOS (200) metros de [DENUNCIANTE_1], con una excepción limitada por cercanía laboral, y exhortó a ambas personas a evitar hostigamientos o referencias al conflicto. Además requirió intervención del SAT, Salud Mental, servicio social hospitalario y SENAF, fijó SESENTA (60) días de vigencia y remitió la causa al Juzgado de Familia N.º 9.

Violencia familiarNNyASalud mentalAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarprohibicion acercamientosenafsalud mentalmedidas cautelares

'[DENUNCIANTE_2]' ; '[DENUNCIANTE_1]' Y '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/VIOLENCIA (DENUNCIAS CRUZADAS)

JUZGADO DE PAZ 4TA CIRC. CINCO SALTOS03/07/2026Sent. 377 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz de Cinco Saltos rechazó en esta instancia las medidas de protección pedidas en denuncias cruzadas de violencia familiar y elevó la causa a la Unidad Procesal de Familia de Cipolletti. La decisión describió un conflicto familiar vinculado al uso y ocupación de la vivienda y consideró inadecuado resolverlo mediante las herramientas de violencia familiar. Sin cerrar el seguimiento, ordenó la remisión para evaluación de riesgo y aclaró que las partes deberán continuar con patrocinio letrado.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiardenuncias cruzadasmedidas proteccionevaluacion riesgovivienda

PINILLA IBARRA RENAUDIN ADIEL C/ MUNICIPALIDAD DE VILLA REGINA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (ORDINARIO)

CÁMARA APELACIONES EN LO CIVIL, COMERCIAL, FAMILIA Y MINERÍA - GENERAL ROCA03/07/2026Sent. 147 · Definitiva

La Cámara Civil de General Roca modificó sólo la distribución de costas en un juicio de daños contra la Municipalidad de Villa Regina y confirmó el resto de la sentencia de primera instancia. La demandada apeló la condena dictada por el accidente vial del 28/06/2021, pero el tribunal rechazó el recurso en su mayor extensión. Consideró que los agravios no desvirtuaban la responsabilidad ni la procedencia de los rubros admitidos, aunque advirtió vencimiento parcial por el rechazo total de lucro cesante y daño psicológico. Por eso fijó las costas de ambas instancias en 90 % a cargo de la demandada y 10 % a cargo de la actora, y reguló honorarios de alzada.

Dañosdanosmunicipalidadapelacioncostasresponsabilidadaccidente vial

'[ACTOR_1]' C/ '[DEMANDADO_1]' S/ ALIMENTOS

UNIDAD PROCESAL Nº 5 (JUZGADO DE FAMILIA N° 5) - CIPOLLETTI03/07/2026Sent. 446 · Definitiva

El Juzgado de Familia de Cipolletti rectificó una sentencia homologatoria de alimentos sólo en materia de costas. La resolución advirtió un error en la imposición al alimentante y dejó aclarado que, según la propuesta y aceptación registradas por las partes, las costas habían sido acordadas por su orden. No modificó el contenido alimentario homologado ni decidió nuevamente el fondo; se limitó a subsanar ese punto de la sentencia del 25 de junio de 2026.

AnonimizaciónFamiliaalimentoscostasrectificacionsentencia homologatoriafamilia

'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL Nº 5 (JUZGADO DE FAMILIA N° 5) - CIPOLLETTI03/07/2026Sent. 353 · Interlocutoria

El Juzgado de Familia de Cipolletti ordenó dejar sin efecto lo dispuesto por el Juzgado de Paz de General Fernández Oro y archivar las actuaciones. La resolución evaluó la denuncia y concluyó que los hechos relatados no encuadraban como una situación de violencia familiar que justificara continuar por esta vía proteccional. No declaró probado un hecho de violencia ni resolvió el fondo de otro conflicto; cerró este trámite y ordenó comunicar la decisión a la comisaría correspondiente y al juzgado de paz interviniente.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiararchivomedidas sin efectofamilia

'[DENUNCIANTE_1] C/ [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] SOBRE VIOLENCIA (LEY 3040)'

JUZGADO DE PAZ 4TA CIRC. CATRIEL03/07/2026Sent. 189 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz de Catriel ratificó la medida telefónica dictada el 23 de junio de 2026 y ordenó medidas preventivas en una denuncia de violencia. Dispuso prohibición de contacto y de acercamiento de [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] respecto de [DENUNCIANTE_1] y su hijo [FAMILIAR_1], con una distancia mínima de quinientos metros. El plazo quedó sujeto a lo que disponga el Juzgado de Familia correspondiente. También advirtió los apercibimientos por incumplimiento y remitió las actuaciones para su continuidad.

Violencia familiarNNyAAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarprohibicion contactoprohibicion acercamientomedida preventivafamilia

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