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Índice de jurisprudencia — Río Negro

Fallos jurisdiccionales

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Índice indexado · 788 resultados

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[CONDENADO_1] S/ ART. 27 BIS (MS)

JUZGADO DE EJECUCIÓN PENAL Nº10 - GENERAL ROCA13/07/2026Sent. 384 · Interlocutoria

El juez de ejecución penal revocó la rebeldía y captura de [CONDENADO_1] y ordenó su libertad inmediata si no registra otra detención. Prorrogó por un año, hasta el 13 de julio de 2027, el plazo para cumplir las pautas de conducta de la condena condicional. Además dispuso una evaluación urgente para tratamiento psicológico y fijó presentaciones trimestrales ante IAPL y quincenales ante el juzgado, junto con las restantes reglas impuestas.

Persona privada de libertadAnonimizaciónEjecución penalejecucion penalrebeldialibertad inmediatareglas conductatratamiento psicologicoarticulo 27 bis

Y.N.D.V. (POR SI Y EN REP) C/ A.S.D. S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N° 5 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°5)13/07/2026Sent. 273 · Definitiva

La jueza de feria dispuso medidas cautelares para proteger a N.d.V.Y. y a sus hijos frente a S.D.A. Ordenó el cese inmediato de actos violentos, excluyó al denunciado de la vivienda y prohibió su acercamiento a menos de 300 metros de la denunciante y de sus hijos. La exclusión debe ejecutarse con intervención policial y del SAT, seguida de rondas durante siete días. También fijó audiencias separadas y advirtió sobre las consecuencias penales del incumplimiento.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarproteccion nnyaexclusion hogarprohibicion acercamientoperimetro 300 metrosrondas policiales

[DENUNCIANTE_1] C/ [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N° 16 2DA CIRC. - G. ROCA13/07/2026Sent. 613 · Definitiva

La jueza de feria decretó por 90 días una prohibición de acercamiento contra [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] para proteger a [DENUNCIANTE_1]. Fijó un perímetro de 200 metros respecto de la denunciante, su domicilio y cualquier lugar donde se encuentre, y prohibió los actos molestos o perturbadores por contacto directo, telefónico o virtual. La medida es cautelar y su incumplimiento puede originar una causa penal por desobediencia judicial. La resolución fue dictada para prevenir nuevas situaciones de riesgo. La protección es inmediata.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarmedidas proteccionprohibicion acercamientoperimetro 200 metrosprohibicion contactodesobediencia

'[DENUNCIANTE_1]' (EN REP. DE [VÍCTIMA_1]) C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°11 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°11)13/07/2026Sent. 183 · Interlocutoria

La jueza prorrogó hasta el 13 de octubre de 2026 las medidas de protección dispuestas en favor del adolescente [VÍCTIMA_1] frente a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]. Mantuvo la prohibición de acercamiento a menos de 300 metros, la prohibición de ingresar al domicilio y el cese de conductas violentas o perturbadoras. Además fijó audiencias separadas para el 16 de julio a fin de conocer la situación y evaluar si corresponde ampliar o modificar las medidas. La prórroga tuvo carácter preventivo.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarproteccion nnyaprorroga medidasprohibicion acercamientoperimetro 300 metrosaudiencia

'[ACTOR_1]' C/ '[DEMANDADO_1]' S/ AUTORIZACION PARA VIAJAR

UNIDAD PROCESAL N° 10 SAN CARLOS DE BARILOCHE (JUZGADO DE FAMILIA N° 10)13/07/2026Sent. 380 · Definitiva

La jueza de feria autorizó a [FAMILIAR_1] a viajar a la República Dominicana junto con su abuelo [FAMILIAR_3] y su tía [FAMILIAR_2], sin permiso de radicación, entre el 14 y el 31 de julio de 2026. La progenitora solicitó suplir el consentimiento del padre, quien no tenía contacto con la adolescente. La decisión valoró la voluntad expresada por [FAMILIAR_1], su autonomía progresiva y sus derechos al descanso, esparcimiento y actividades recreativas. La autorización fue expedida con alcance exclusivamente vacacional.

NNyAAnonimizaciónFamiliafamiliaautorizacion viajesalida exteriorrepublica dominicanaautonomia progresivannya

'[DENUNCIANTE_1]' C/'[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 4TA CIRC. CINCO SALTOS13/07/2026Sent. 392 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz de Cinco Saltos ordenó elevar la nueva denuncia de [DENUNCIANTE_1] contra [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] a la Unidad Procesal de Familia N° 11 de Cipolletti. La remisión se dispuso porque esa unidad ya interviene en dos expedientes vinculados entre las mismas partes. La decisión aplicó los principios de economía procesal, inmediación y continuidad de la competencia, y exigió patrocinio letrado para continuar el trámite.

Violencia familiarAnonimizaciónProcesalcompetenciaconexidadviolencia familiarremision causaeconomia procesalunidad procesal familia

'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 2DA CIRC. ALLEN13/07/2026Sent. 337 · Interlocutoria

La jueza de paz decretó medidas preventivas ante la denuncia de [DENUNCIANTE_1] contra [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]. Impuso una prohibición de acercamiento de 200 metros respecto de la denunciante, su domicilio y los lugares donde se encuentre, y ordenó abstenerse de actos perturbadores o reclamos fuera de la vía legal. Las medidas son recíprocas, deben ser respetadas por ambas partes y serán revisadas por la Unidad Procesal de Familia de General Roca. El incumplimiento puede motivar una causa penal por desobediencia.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarmedidas reciprocasprohibicion acercamientoperimetro 200 metrosremision otifdesobediencia

"M.K.D C/ F.A.E S/ VIOLENCIA"

JUZGADO DE PAZ 1RA CIRC. SAN ANTONIO OESTE13/07/2026Sent. 307 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz de San Antonio Oeste ordenó medidas preventivas por 90 días en favor de K.D.M. Prohibió a A.F. ejercer actos violentos o agraviantes, mantener contacto personal y realizar publicaciones en redes sociales que afecten la privacidad o dignidad de la denunciante; las publicaciones existentes deben eliminarse. La decisión advirtió que el incumplimiento puede configurar desobediencia judicial y ordenó comunicar las medidas a la Comisaría de la Familia. Las medidas no resolvieron el fondo del conflicto.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarmedidas proteccionprohibicion contactoredes socialesprivacidadplazo 90 dias

'[DENUNCIANTE_1]' C/'[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/VIOLENCIA FAMILIAR - CONEXIDAD (AL-00288-JP-2022 )

JUZGADO DE PAZ 2DA CIRC. ALLEN13/07/2026Sent. 345 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz de Allen ordenó encauzar por la vía legal correspondiente el conflicto denunciado por [DENUNCIANTE_1] contra [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] y elevó las actuaciones a la Oficina de Tramitación Integral del Fuero de Familia de General Roca. Consideró que el relato no describía hechos que requirieran medidas urgentes bajo la normativa de violencia familiar y que la problemática familiar planteada excedía ese marco cautelar.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarmedidas urgentesvia procesalremision otifjuzgado pazconflicto familiar

'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 2DA CIRC. ALLEN13/07/2026Sent. 344 · Interlocutoria

La jueza de paz decretó medidas preventivas ante la denuncia de [DENUNCIANTE_1] contra [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]. Impuso una prohibición de acercamiento de 200 metros respecto de la denunciante, su domicilio y cualquier lugar donde se encuentre, y ordenó abstenerse de actos perturbadores o reclamos fuera de la vía legal. Las medidas son recíprocas y serán remitidas a la Unidad Procesal de Familia de General Roca para su conocimiento, ratificación o eventual sustitución. El incumplimiento puede dar intervención a la justicia penal.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarmedidas reciprocasprohibicion acercamientoperimetro 200 metrosremision otifdesobediencia

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