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Índice de jurisprudencia — Río Negro

Fallos jurisdiccionales

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'[ACTOR_1]' C/ '[DEMANDADO_1]' Y '[DEMANDADO_2]' S/ REGIMEN DE COMUNICACION

UNIDAD PROCESAL Nº 11 - CIPOLLETTI06/07/2026Sent. 79 · Homologada

La UPF 11 homologó el acuerdo de régimen de comunicación entre [ACTOR_1], abuela paterna, y la niña [FAMILIAR_1]. El esquema fija contactos los lunes y miércoles, fines de semana alternados y reglas especiales para recesos, cumpleaños y festividades. La decisión mantiene expresamente la restricción de contacto de la niña con su progenitor y pone en cabeza de [ACTOR_1] garantizar su cumplimiento durante los encuentros. Impuso costas por su orden y reguló honorarios de las letradas intervinientes.

NNyAAnonimizaciónFamiliafamiliaregimen comunicacionhomologacionnnyaabuela paternarestriccion contactocostas por su orden

'[ACTOR_1]' C/ '[DEMANDADO_1]' S/ HOMOLOGACIÓN DE CONVENIO

UNIDAD PROCESAL Nº 11 - CIPOLLETTI01/07/2026Sent. 77 · Homologada

El juzgado homologó con fuerza de sentencia el convenio familiar celebrado entre '[ACTOR_1]' y '[DEMANDADO_1]'. El acuerdo reguló un régimen de comunicación y contacto progresivo con el niño [FAMILIAR_1], dividido en etapas sin pernocte y luego con pernocte durante fines de semana alternados, con fechas y horarios detallados en el dispositivo. La resolución no decide un conflicto de fondo: transforma el convenio en título judicial y mantiene la identidad protegida por los marcadores oficiales. El alcance queda ceñido a lo ordenado en la parte dispositiva, con identidad preservada según la fuente oficial.

NNyAAnonimizaciónFamiliaregimen comunicacionhomologacionnnya

'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL Nº 11 - CIPOLLETTI30/06/2026Sent. 189 · Interlocutoria

El Juzgado de Familia rechazó la denuncia de violencia presentada por '[DENUNCIANTE_1]'. Consideró que los hechos relatados no configuraban episodios de violencia familiar que requirieran el procedimiento de la Ley 3040, porque estaban vinculados con el cuidado personal y la responsabilidad parental respecto del niño en común y debían canalizarse por otras vías legales. La decisión sugirió asistencia letrada particular o de la Defensoría de Pobres y Ausentes y ordenó notificar por OTIF; si la cédula resultaba negativa, debía librarse oficio a la comisaría del último domicilio conocido.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarley 3040denuncia desestimadaresponsabilidad parentalcuidado personal

'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL Nº 11 - CIPOLLETTI26/06/2026Sent. 184 · Interlocutoria

Dispuso mantener el cese de hostigamiento de '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' respecto de '[DENUNCIANTE_1]' y, en el mismo acto, levantó la prohibición de acercamiento y la exclusión del hogar dictadas el 30 de abril de 2026. La medida ordena abstenerse de incidentes, agravios, actos molestos, hostigamiento o reclamos personales por cualquier medio que no sea la vía legal. La intimación prevé intervención fiscal ante un eventual incumplimiento y ordena notificar al denunciado con habilitación de día y hora.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolenciacese hostigamientolevantamiento medidasprohibicion acercamientoexclusion hogar

'[DENUNCIANTE_1]' C/'[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL Nº 11 - CIPOLLETTI26/06/2026Sent. 556 · Definitiva

La Unidad Procesal de Familia dispuso mantener por 90 días las medidas cautelares dictadas por el Juzgado de Paz a favor de [DENUNCIANTE_1]. La orden intimó a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] a cumplir la prohibición de acercamiento de 500 mts respecto de la persona, residencia y lugares donde se encuentre la denunciante, bajo apercibimiento procesal y penal. También ordenó comunicar la medida a la comisaría, indicó el abordaje psicoterapéutico previsto por la Ley 3040 y dio vista a la Unidad Fiscal conforme el art. 138 de la ley 5396.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarprohibicion acercamientomedidas cautelaresley 3040unidad fiscal

M.M. C/ R.M.A. S/ HOMOLOGACIÓN

UNIDAD PROCESAL Nº 11 - CIPOLLETTI11/06/2026Sent. 156 · Interlocutoria

El tribunal homologó en el proceso M.M. C/ R.M.A. S/ HOMOLOGACIÓN. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: RESUELVO: I.- Aprobar en cuanto ha lugar por derecho hubiere la planilla de liquidación practicada por <.s.1.M., en la suma de PESOS c.n.y.s.m.d.d.c.0.(.0., en concepto de alimentos adeudados por los períodos junio. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

Familiahomologaciónfamiliahomologa

H.M.C. C/ M.J.P. S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL Nº 11 - CIPOLLETTI11/06/2026Sent. 519 · Definitiva

El tribunal dispuso en el proceso H.M.C. C/ M.J.P. S/ VIOLENCIA. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: RESUELVO: Mantener las medidas cautelares dispuestas por la jueza de Paz respecto a la Sra. M.C.H. por el plazo de 90 días de notificada la presente, bajo apercibimiento de ley en caso. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

Violencia familiarFamiliaviolencia familiarfamiliaprorroga medidas proteccion

L.N.C.Y. C/ P.W.M. S/VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL Nº 11 - CIPOLLETTI10/06/2026Sent. 155 · Interlocutoria

El tribunal dispuso en el proceso L.N.C.Y. C/ P.W.M. S/VIOLENCIA. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: LÍBRESE OFICIO a la COMISARIA que por jurisdicción corresponda a fin de hacerle saber la vigencia de las medidas dispuestas en autos.- Sin perjuicio de lo dispuesto, hágase saber a la Sra. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

Violencia familiarFamiliaviolencia familiarfamiliadicta medidas proteccion

"S.A.F.V S/ MEDIDA DE PROTECCIÓN DE DERECHOS"

UNIDAD PROCESAL Nº 11 - CIPOLLETTI10/06/2026Sent. 515 · Definitiva

El tribunal declaró en el proceso "S.A.F.V S/ MEDIDA DE PROTECCIÓN DE DERECHOS". La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: RESUELVO: I.- Declarar la legalidad de la medida de protección de derechos adoptada por SENAF, Delegación Cipolletti mediante DISPOSICION N° 49/2026 , consistente en la separación provisional de la niña F.V.S.A. DNI. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

NNyAFamiliaprotección de derechosfamiliaprorroga medidas proteccion

L.M.E. C/ S.S.I. S/ HOMOLOGACIÓN

UNIDAD PROCESAL Nº 11 - CIPOLLETTI08/06/2026Sent. 67 · Homologada

El tribunal homologó en el proceso L.M.E. C/ S.S.I. S/ HOMOLOGACIÓN. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: RESUELVO: I.- Homologar con fuerza de sentencia el acuerdo arribado respecto de ALIMENTOS y RÉGIMEN DE COMUNICACIÓN, que transcripto en su parte pertinente dice: " RÉGIMEN DE COMUNICACIÓN: Las partes acuerdan que. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

NNyAFamiliahomologaciónfamiliahomologa

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