H.C.C.E.R.D.C.B.(.C./.O.A.V.Y.S.N.D.S./.D.L.4.
Dispuso tener presentes las medidas cautelares telefónicas dictadas por una denuncia de Ley 4241 y ordenó su remisión al Juzgado de Familia de Luis Beltrán. La resolución mantuvo la exclusión del hogar de S.N.D., la prohibición de acercamiento hacia C.B.(. y su grupo familiar conviviente, y el cese de actos de violencia o perturbación por S.N.D. y O.A.V. Las medidas son provisorias y rigen hasta que el juez de familia las ratifique, rectifique o amplíe.
