ÍTERA Lex
PJ Río NegrookVer fuente oficial ↗

Índice de jurisprudencia — Río Negro

Fallos jurisdiccionales

Índice navegable del corpus completo: cronológico para explorar por año y fecha; por relevancia cuando buscás texto, con señales de carátula, voces, extractos y texto oficial.

Índice indexado · 6 resultados

1 – 6 de 6

Buscar en el portal oficial

[DENUNCIANTE_1] C/ [NOMBRE_1] S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 2DA CIRC. CHIMPAY21/07/2026Sent. 50 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz dictó medidas cautelares provisorias en una denuncia de violencia familiar. Prohibió todo acto de violencia contra [DENUNCIANTE_1] y ordenó a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] no ingresar ni permanecer en el domicilio de la denunciante, con un perímetro de exclusión no menor de 300 mts. También prohibió contactos molestos, perturbadores o digitales, incluidos actos de ciberacoso. Las medidas rigen hasta que existan elementos que permitan modificarlas o hasta decisión del Juzgado de Familia competente, y las actuaciones serán remitidas al Juzgado de Familia de Luis Beltrán.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarprohibicion acercamientoexclusion domiciliociberacosojuzgado paz

'[NOMBRE_1] C/[NOMBRE_2]' S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 2DA CIRC. CHIMPAY03/07/2026Sent. 45 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz de Chimpay dictó medidas cautelares en una denuncia de violencia familiar. Prohibió todo acto de violencia sobre [DENUNCIANTE_1], ordenó restricciones de contacto y actos molestos respecto de la denunciante, pidió informes al equipo de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes sobre la situación de [FAMILIAR_2] y dispuso la remisión posterior al Juzgado de Familia de Luis Beltrán. Las medidas rigen hasta que existan elementos en el expediente que permitan modificarlas o hasta intervención del juzgado competente.

Violencia familiarNNyAAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarmedidas cautelaresnnyasenafprohibicion contacto

[ACTOR_1] S/ ACTUACIONES- INFORMACION SUMARIA

JUZGADO DE PAZ 2DA CIRC. CHIMPAY02/07/2026Sent. 12 · Definitiva

El Juzgado de Paz declaró acreditados en forma sumaria los extremos invocados en la información sumaria. En consecuencia, certificó ante la autoridad correspondiente que [CAUSANTE], fallecida en Gobernador Duval, provincia de La Pampa, tenía su último domicilio en [DIRECCION_ACTOR_1]. También dejó asentado que el fallecimiento ocurrió en esa localidad porque se había trasladado allí por razones de trabajo. La decisión tiene alcance certificante y registral.

AnonimizaciónProcesalinformacion sumariacertificaciondomicilio

BILLENA, CARLOS MANUEL Y OTROS S/ ACTUACIONES - INFORMACION SUMARIA

JUZGADO DE PAZ 2DA CIRC. CHIMPAY29/06/2026Sent. 11 · Definitiva

Dispuso tener por acreditados en forma sumaria los extremos declarados sobre el último domicilio de [causante]. El Juzgado de Paz certificó que [causante], fallecido en General Roca el 10 de enero de 2023, tenía su último domicilio en [domicilio causante], Río Negro, y que el fallecimiento ocurrió en General Roca porque se había trasladado allí para el tratamiento de su última enfermedad.

AnonimizaciónProcesalinformacion sumariadomiciliojuzgado de pazcertificacioncausante

JUANICO, HÉCTOR Y OTROS S/ ACTUACIONES - INFORMACION SUMARIA

JUZGADO DE PAZ 2DA CIRC. CHIMPAY22/06/2026Sent. 10 · Definitiva

El tribunal declaró en el proceso JUANICO, HÉCTOR Y OTROS S/ ACTUACIONES - INFORMACION SUMARIA. La decisión encuadra el caso en materia contencioso administrativo y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: RESUELVE: Tener por acreditado en forma sumaria los extremos invocados por los declarantes y en consecuencia se certifica ante la autoridad que corresponda que , I.J.L.1.C.2., fallecido el día 27 de Septiembre. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia.

Contencioso administrativocontencioso administrativoordena medida

A.C.C. S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 2DA CIRC. CHIMPAY05/06/2026Sent. 33 · Interlocutoria

El tribunal dispuso en el proceso A.C.C. S/ VIOLENCIA. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: RESUELVO: 1º)PROHIBIR TODO ACTO DE VIOLENCIA sobre A.S.Y. que atenten contra su integridad física, psíquica, emocional, sexual y/o cualquier otro tipo de violación a sus derechos . 2º)PROHIBIR a C.N.T. la entrada. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

Violencia familiarNNyAFamiliaviolencia familiarfamiliadicta medidas proteccion

La síntesis de ÍTERA Lex no sustituye el texto oficial; verificá contra el portal del PJ Río Negro.

Los documentos referenciados provienen de sus fuentes oficiales (SAIJ, PJ Río Negro, PJ Neuquén). ÍTERA Lex Tools facilita la búsqueda y consulta, enlazando directamente a la fuente oficial.

Un producto de ÍTERA Lex — software de gestión jurídica para estudios y abogados independientes. ÍTERA Lex

Acerca de ÍTERA Lex Tools© 2026 ÍTERA Lex Tools