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Índice de jurisprudencia — Río Negro

Fallos jurisdiccionales

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[CONDENADO_1] S/DETENIDO EN UNIDAD CARCELARIA

JUZGADO DE EJECUCION PENAL NRO. 8- VIEDMA22/07/2026Sent. 328 · Interlocutoria

El Juzgado de Ejecución Penal admitió la excusación de una secretaria subrogante para intervenir en una causa de detenido en unidad carcelaria. Consideró válidas las razones de decoro y delicadeza expuestas, orientadas a resguardar la legalidad, objetividad e imparcialidad del trámite. La resolución también ordenó que, durante la subrogancia, las funciones propias de la Secretaría sean ejercidas por el agente del Juzgado que actúe como Jefe de División. No decidió sobre la situación de detención ni sobre el cumplimiento de pena.

Procesalexcusacioninhibicionsecretaria subrogantedetenido unidad carcelariaimparcialidadregistro

F.R.O. S/ SITUACION

UNIDAD PROCESAL Nº 7 (JUZGADO DE FAMILIA N° 7) - CIPOLLETTI22/07/2026Sent. 331 · Interlocutoria

La Unidad Procesal de Familia declaró que la situación informada por el Servicio de Salud Mental y Comunitaria no ameritaba tratamiento por esa vía judicial. Indicó que la intervención coordinada correspondía a organismos administrativos con competencia en política habitacional y situaciones de vulnerabilidad, no a una intervención judicial prematura. Sin perjuicio de ello, hizo saber al servicio que podía requerir asistencia letrada gratuita para canalizar la situación por la vía pertinente y ordenó el archivo oportuno.

Salud mentalProcesalcompetenciasalud mentalpolitica habitacionalasistencia letradaarchivoprocesal

[CONDENADO_1] S/CONDENA DE EJECUCIÓN CONDICIONAL

JUZGADO DE EJECUCION PENAL NRO. 8- VIEDMA22/07/2026Sent. 330 · Interlocutoria

El Juzgado de Ejecución Penal admitió la excusación de una secretaria subrogante para intervenir en una causa de ejecución. La decisión consideró válidas las razones de decoro y delicadeza invocadas, vinculadas con relaciones laborales previas y la necesidad de evitar apariencia de parcialidad. También dispuso que, mientras dure la subrogancia, las funciones propias de la Secretaría sean ejercidas por el agente que se desempeñe como Jefe de División. No resolvió sobre la pena ni sobre condiciones de cumplimiento.

Procesalexcusacioninhibicionsecretaria subroganteejecucion penalimparcialidadregistro

'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA (CON CONEXIDAD EXPTE N° AL-00297-JP-2026 Y AL-00484-JP-2026)

JUZGADO DE PAZ 2DA CIRC. ALLEN22/07/2026Sent. 371 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz de Allen ordenó remitir una causa de violencia a la Oficina de Tramitación Integral de Familia de General Roca. La decisión se fundó en la existencia de actuaciones conexas ya tramitadas ante el fuero de Familia y en la necesidad de evitar la atomización de procesos o resoluciones contradictorias. La orden dispuso el pase de la totalidad de las actuaciones para que el expediente sea radicado ante la Unidad Procesal correspondiente por razones de conexidad.

Violencia familiarAnonimizaciónProcesalconexidadremision actuacionesotifviolencia familiarjuzgado pazfamilia

[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] S/ CONTRAVENCIÓN

JUZGADO DE PAZ 4TA CIRC. G. FERNANDEZ ORO17/07/2026Sent. 125 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz dispuso como medida cautelar una prohibición de acercamiento de [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] respecto de [DENUNCIANTE_1], su grupo familiar, domicilio y local comercial, con una distancia mínima de 100 metros. También ordenó que se abstenga de incidentes, agravios, hostigamientos o reclamos por cualquier medio. La medida preventiva respondió a la denuncia contravencional sobre episodios de intimidación en el domicilio de la denunciante y se dictó bajo apercibimiento de desobediencia judicial y de dar intervención al Ministerio Público Fiscal.

AnonimizaciónProcesalcontravenciónprohibición de acercamientomedida cautelar100 metroshostigamiento

'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N° 10 SAN CARLOS DE BARILOCHE (JUZGADO DE FAMILIA N° 10)17/07/2026Sent. 386 · Definitiva

El Juzgado de Familia rectificó el domicilio consignado en una resolución del 7 de julio de 2026 que había renovado medidas de protección. La corrección mantiene sin cambios sustanciales la prohibición cautelar de acercamiento de [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] respecto de [DENUNCIANTE_1], su domicilio correcto y los lugares donde desarrolla actividades, dentro de un radio de 500 metros. La aclaratoria se limitó a sustituir el dato material indicado por el recurrente y no modificó el alcance ni el contenido de la medida protectoria previamente dispuesta.

Violencia familiarAnonimizaciónProcesalaclaratoriaerror materialdomicilioprohibición de acercamiento500 metros

'[VÍCTIMA_1]' S/ SITUACIÓN

UNIDAD PROCESAL N° 16 2DA CIRC. - G. ROCA17/07/2026Sent. 336 · Interlocutoria

La Unidad Procesal de Familia declaró su incompetencia territorial para intervenir en la situación de [VÍCTIMA_1] y ordenó remitir copia certificada del expediente al Juzgado de Familia en turno de San Miguel de Tucumán. La decisión tuvo en cuenta que la joven reside actualmente en esa ciudad y que el juez próximo a su centro de vida se encuentra en mejores condiciones para brindar tutela efectiva. El tribunal aplicó los principios de interés superior, inmediatez, celeridad y economía procesal, sin resolver el fondo de la situación denunciada.

NNyAAnonimizaciónProcesalcompetencia territorialcentro de vidainterés superior del niñoremisióninmediatez

'[DENUNCIANTE_1]' C/'[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 4TA CIRC. CINCO SALTOS13/07/2026Sent. 392 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz de Cinco Saltos ordenó elevar la nueva denuncia de [DENUNCIANTE_1] contra [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] a la Unidad Procesal de Familia N° 11 de Cipolletti. La remisión se dispuso porque esa unidad ya interviene en dos expedientes vinculados entre las mismas partes. La decisión aplicó los principios de economía procesal, inmediación y continuidad de la competencia, y exigió patrocinio letrado para continuar el trámite.

Violencia familiarAnonimizaciónProcesalcompetenciaconexidadviolencia familiarremision causaeconomia procesalunidad procesal familia

INCIDENTE - '[ACTOR_1]' C/ '[DEMANDADO_1]' S/ MEDIDA AUTOSATISFACTIVA

CÁMARA APELACIONES EN LO CIVIL, COMERCIAL, FAMILIA Y MINERÍA - GENERAL ROCA08/07/2026Sent. 270 · Interlocutoria

La Cámara Civil, Comercial, de Familia, Minería y Contencioso Administrativa rechazó la recusación formulada en un incidente de medida autosatisfactiva y dispuso que la magistrada continúe interviniendo. El planteo se vinculaba con una providencia anterior dictada en resguardo del interés superior de [ACTOR_1]. La Cámara entendió que esa actuación era una actividad jurisdiccional propia y no configuraba causal suficiente de apartamiento. También recordó el criterio restrictivo sobre recusaciones fundadas en opiniones o decisiones tomadas en ejercicio de la función judicial. La resolución no decidió la medida autosatisfactiva de fondo, sino la continuidad de la jueza en el expediente y el rechazo del apartamiento solicitado por una de las partes.

NNyAAnonimizaciónProcesalrecusacionmedida autosatisfactivafamiliannyainteres superiorimparcialidad

REYES, PEDRO LUIS C/ DINGEBAUER WEBER, ANA PAULA S/ ORDINARIO

CÁMARA DEL TRABAJO 1RA CIRC. - VIEDMA07/07/2026Sent. 204 · Interlocutoria

La Cámara del Trabajo de Viedma declaró aceptada la excusación del juez Rolando Gaitán en el expediente ordinario Reyes c/ Dingebauer Weber. El tribunal tuvo por configurada la causal invocada, basada en amistad manifiesta y frecuencia en el trato con la demandada, encuadrada en el art. 15 inc. 9° del CPCCm. También dispuso mantener la actual integración del tribunal para continuar entendiendo en la causa y notificó la decisión conforme al art. 25 de la Ley 5631.

Procesalprocesalexcusacioncamara trabajointegracion tribunalamistad manifiesta
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