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Índice de jurisprudencia — Río Negro

Fallos jurisdiccionales

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'[DENUNCIANTE_1] C/ [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N° 11 2DA CIRC. - G. ROCA22/07/2026Sent. 521 · Definitiva

La Unidad Procesal de Familia dictó una medida preventiva en una denuncia de violencia. Decretó a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] prohibición de acercamiento a [DENUNCIANTE_1], a su vivienda y al lugar donde se encuentre, con un radio de 200 mts., y le ordenó abstenerse de actos perturbadores o reclamos fuera de la vía legal. La medida rige hasta que existan elementos que permitan modificarla. La resolución también dispuso notificación personal y testimonio de la medida, bajo apercibimiento de intervención penal por desobediencia.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarprohibicion acercamientoabstencion contactomedida preventivadesobedienciafamilia

'[DENUNCIANTE_1] EN REPRESENTACION DE SU HIJA [VÍCTIMA_1] C/ [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N° 11 2DA CIRC. - G. ROCA21/07/2026Sent. 518 · Definitiva

La jueza de familia decretó medidas preventivas para proteger a la adolescente [VÍCTIMA_1]. Ordenó al Sr. [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] una prohibición de acercamiento a un radio de 200 mts. de la adolescente y de la vivienda que ocupa, y le prohibió efectuar actos perturbadores directos o indirectos. La medida rige hasta que existan elementos en autos que permitan modificarla. Además, ordenó notificación personal, oficio a la Regional Segunda para ubicar y notificar al denunciado, vista al Defensor de Menores y ratificación de la denuncia por la adolescente.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiaradolescenteprohibicion acercamientomedida preventivadefensor menores

[DENUNCIANTE_1] C/ [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N° 11 2DA CIRC. - G. ROCA03/07/2026Sent. 468 · Definitiva

La Unidad Procesal de Familia N.º 11 de General Roca decretó por CUATRO MESES una prohibición de acercamiento en una denuncia de violencia. Ordenó a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] mantenerse a 200 metros de [DENUNCIANTE_1], de su vivienda y de cualquier lugar donde se encuentre o transite, y abstenerse de actos perturbadores o reclamos fuera de la vía legal. La resolución dispuso notificación personal al denunciado y dejó radicada la causa en la unidad de familia para futuras presentaciones con patrocinio letrado.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarprohibicion acercamientocuatro mesesfamilia

[DENUNCIANTE_1] C/ [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N° 11 2DA CIRC. - G. ROCA03/07/2026Sent. 470 · Definitiva

La Unidad Procesal de Familia N.º 11 de General Roca decretó una prohibición de acercamiento en una denuncia de violencia. Ordenó a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] mantenerse a 200 metros de [DENUNCIANTE_1], de su vivienda y de cualquier lugar público o privado donde se encuentre o transite, y abstenerse de actos perturbadores o reclamos por vías no legales. La medida rige hasta que existan elementos para modificarla. También ordenó comunicar el proceso y la medida al superior jerárquico del funcionario penitenciario involucrado.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarprohibicion acercamientomedida preventivafamilia

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