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Índice de jurisprudencia — Río Negro

Fallos jurisdiccionales

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[DENUNCIANTE_1] C/ [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 2DA CIRC. GRAL. ENRIQUE GODOY25/06/2026Sent. 37 · Interlocutoria

El tribunal dispuso en el proceso [DENUNCIANTE_1] C/ [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] S/ VIOLENCIA. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: RESUELVO: 1.- Ordenar al Sr. [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] que se abstenga de realizar, por sí o por intermedio de terceras personas, actos de perturbación, intimidación, hostigamiento, vigilancia, control o cualquier otra conducta que afecte. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

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S.L.I. C/C.J. S/VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 4TA CIRC. CINCO SALTOS25/06/2026Sent. 361 · Interlocutoria

El tribunal dispuso en el proceso S.L.I. C/C.J. S/VIOLENCIA. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: RESUELVO: I) ELEVAR la causa a consideración de la Unidad Procesal de Familia N°11 de la Ciudad de Cipolletti, que ya interviene en EXPTE. Nro. CI-45766-F-0000 caratulado: "C.J.C.S.L.I.S.V.(." , en cumplimiento de. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

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S.V.C. C/ I.M.N. S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL Nº 5 (JUZGADO DE FAMILIA N° 5) - CIPOLLETTI23/06/2026Sent. 412 · Definitiva

El tribunal dispuso en el proceso S.V.C. C/ I.M.N. S/ VIOLENCIA. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: dispóngase nuevamente la medida cautelar de prohibición de acercamiento por el término de 90 días del Sr. I.M.N. respecto de persona y residencia de la Sra. S.V.C., como así también de los. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

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C.R.D.C.M. C/V.A.S. S/VIOLENCIA FAMILIAR - CONEXIDAD (AL-00199-JP-2026)

JUZGADO DE PAZ 2DA CIRC. ALLEN22/06/2026Sent. 291 · Interlocutoria

El tribunal dispuso en el proceso C.R.D.C.M. C/V.A.S. S/VIOLENCIA FAMILIAR - CONEXIDAD (AL-00199-JP-2026). La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: líbrense los oficios de estilo, y en ejercicio de las facultades otorgadas por el Código Procesal de Familia y la Ley 4241a este Juzgado de Paz de la ciudad de Allen ORDENO. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

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M.L.A. C/ L.M.N. S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL Nº 5 (JUZGADO DE FAMILIA N° 5) - CIPOLLETTI22/06/2026Sent. 406 · Definitiva

El tribunal dispuso en el proceso M.L.A. C/ L.M.N. S/ VIOLENCIA. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: Dispóngase medida cautelar de prohibición de acercamiento por el término de 90 días del Sr M.N.L. respecto de persona y residencia de la Sra. L.A.M., como así también de los lugares públicos. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

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B.M.E. C/ F.C.A.D. S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL Nº 5 (JUZGADO DE FAMILIA N° 5) - CIPOLLETTI22/06/2026Sent. 405 · Definitiva

El tribunal dispuso en el proceso B.M.E. C/ F.C.A.D. S/ VIOLENCIA. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: INTÍMESE al Sr. A.D.F.C. a dar estricto cumplimiento a la medida de PROHIBICIÓN DE ACERCAMIENTO dispuesta en autos por el plazo de 90 días y por una distancia de 500 mts, la. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

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O.N.S. C/ G.L.A. S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 4TA CIRC. CINCO SALTOS22/06/2026Sent. 354 · Interlocutoria

El tribunal dispuso en el proceso O.N.S. C/ G.L.A. S/ VIOLENCIA. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: RESUELVO: I) ELEVAR la causa a consideración de la Unidad Procesal de Familia N° 11 de la Ciudad de Cipolletti, que ya interviene en EXPTE. Nro. CS-00889-JP-2026 caratulado: "O.N.S. C/ G.L.A. S/. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

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Ñ.V.E. EN REP. DE SU HIJA I.J.L. C/ M.M. S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N° 17 2DA CIRC. - G. ROCA22/06/2026Sent. 289 · Interlocutoria

El tribunal dispuso en el proceso Ñ.V.E. EN REP. DE SU HIJA I.J.L. C/ M.M. S/ VIOLENCIA. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: ratifíquese las medidas ordenadas en fecha 17/Jun/26 por el Juzgado de Paz y en función de lo establecido en el art. 138 CPF y los hechos denunciados ante la eventual comisión del. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

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O.G.S. C/B.J.R. S/ VIOLENCIA FAMILIAR

UNIDAD PROCESAL N° 17 2DA CIRC. - G. ROCA18/06/2026Sent. 515 · Definitiva

El tribunal dispuso en el proceso O.G.S. C/B.J.R. S/ VIOLENCIA FAMILIAR. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: líbrese NUEVO mandamiento CON HABILITACIÓN DE DÍA Y HORA a diligenciar por la oficina de Notificaciones local, autorizando al Oficial de Justicia para ser acompañado por personal policial, requerir el auxilio de. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

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P.K.A. C/ G.A.R. S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°11 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°11)18/06/2026Sent. 261 · Definitiva

El tribunal dispuso en el proceso P.K.A. C/ G.A.R. S/ VIOLENCIA. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: Líbrese oficio a la Comisaría de la Familia con habilitación de días y horas inhábiles.- 4.- AUTORIZAR a A.R.G., con acompañamiento de personal policial de la Comisaría N° 38, a retirar del. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

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