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Índice de jurisprudencia — Río Negro

Fallos jurisdiccionales

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SENAF EN REPRESENTACION DE [VÍCTIMA_1] Y [NOMBRE_1] C/ [NOMBRE_2] S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE FAMILIA LUIS BELTRAN21/07/2026Sent. 697 · Interlocutoria

La jueza de familia prorrogó medidas protectorias en una denuncia de violencia familiar vinculada a [VÍCTIMA_1] y el niño [VÍCTIMA_2]. Mantuvo la prohibición de acercamiento en un radio de 500 mts. y la prohibición de ingreso o permanencia del Sr. [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] en el domicilio familiar. Las medidas rigen por el TÉRMINO DE 60 DÍAS desde la notificación. También requirió a las partes acreditar abordaje socio terapéutico e intimó a funcionarias de SENAF a cumplir lo ordenado, bajo apercibimiento de multa de $50.000.-.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarprorroga medidasprohibicion acercamientoexclusion domiciliosenafabordaje terapeutico

'[DENUNCIANTE_1] C/ [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N° 11 2DA CIRC. - G. ROCA21/07/2026Sent. 454 · Interlocutoria

La jueza de familia fijó una cuota alimentaria provisoria a favor del hijo de [DENUNCIANTE_1]. Ordenó que [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] deposite el 20% del total de sus ingresos por todo concepto, descontados únicamente los rubros obligatorios de ley, con un piso equivalente al 100% del SMVM. La cuota debe depositarse del 1 al 10 de cada mes en una cuenta judicial del Banco Patagonia y rige por 180 días, plazo en el que deberán iniciarse las acciones de fondo por alimentos definitivos.

NNyAAnonimizaciónFamiliaalimentos provisorioscuota alimentariaporcentaje ingresossmvmbanco patagonia

'[DENUNCIANTE_1] EN REPRESENTACION DE SU HIJA [VÍCTIMA_1] C/ [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N° 11 2DA CIRC. - G. ROCA21/07/2026Sent. 518 · Definitiva

La jueza de familia decretó medidas preventivas para proteger a la adolescente [VÍCTIMA_1]. Ordenó al Sr. [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] una prohibición de acercamiento a un radio de 200 mts. de la adolescente y de la vivienda que ocupa, y le prohibió efectuar actos perturbadores directos o indirectos. La medida rige hasta que existan elementos en autos que permitan modificarla. Además, ordenó notificación personal, oficio a la Regional Segunda para ubicar y notificar al denunciado, vista al Defensor de Menores y ratificación de la denuncia por la adolescente.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiaradolescenteprohibicion acercamientomedida preventivadefensor menores

[DENUNCIANTE_1] C/ [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°7 SAN CARLOS DE BARILOCHE (JUZGADO DE FAMILIA N°7)21/07/2026Sent. 370 · Definitiva

La jueza de feria dispuso medidas protectorias para [DENUNCIANTE_1] en una denuncia de violencia familiar. Prohibió a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] acercarse a menos de 200 metros de los lugares donde la denunciante desarrolle actividades laborales, educativas o de esparcimiento, y prohibió actos molestos, perturbadores o contactos personales, telefónicos o digitales. También ordenó intervención del SAT y la entrega inmediata del dispositivo Botón Antipánico a favor de [DENUNCIANTE_1]. El uso del dispositivo se comunicó hasta el día 21 de noviembre de 2026.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarboton antipanicoprohibicion acercamientosatmedidas protectorias

[DENUNCIANTE_1] C/ [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] S/VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 4TA CIRC. CTE. CORDERO21/07/2026Sent. 60 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz ordenó medidas cautelares en una denuncia de violencia familiar. Dispuso que [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] se abstenga de ejercer actos de violencia física, psicológica, verbal, económica o de otra índole contra [DENUNCIANTE_1], y también prohibió conductas que escalen el conflicto mientras subsista la convivencia. Tuvo presente que la denunciante no pidió por el momento la exclusión del hogar. Además, ordenó terapia psicológica para el denunciado, atención psicológica para la Sra. [DENUNCIANTE_1], oficio policial urgente y elevación al juez de familia en turno.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarmedidas cautelaresabstencion violenciaterapia psicologicajuzgado paz

A.K.A. C/ R.M.W. S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N° 9 SAN CARLOS DE BARILOCHE ( JUZGADO DE FAMILIA N°9)21/07/2026Sent. 253 · Definitiva

La jueza de familia dispuso una prohibición de acercamiento recíproca entre A.K.A. y R.M.W. en actuaciones de violencia familiar. La medida alcanza los lugares donde realizan actividades y un radio de 200 metros, e incluye la prohibición de contacto físico, telefónico, por correo electrónico o por cualquier medio que implique intromisión injustificada. La resolución aclaró que no puede afectar el derecho y deber de comunicación de la niña con sus progenitores. Las medidas rigen desde la fecha de la resolución y hasta el día 21/10/26 inclusive.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarmedidas reciprocasprohibicion acercamientoregimen comunicacionbariloche

"'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/VIOLENCIA LEY 3040"

JUZGADO DE PAZ 4TA CIRC. CATRIEL21/07/2026Sent. 210 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz dispuso ratificar la medida ordenada vía telefónica el día 20 de Julio en una denuncia de violencia familiar. Prohibió el acercamiento del Sr. [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] respecto de la Sra. [DENUNCIANTE_1], su domicilio y los lugares donde se encuentre o transite, a una distancia no menor a quinientos metros. También le ordenó abstenerse de actos molestos o de hostigamiento por cualquier medio. El plazo quedó sujeto a lo que disponga el Juzgado de Familia que corresponda.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarratificacionprohibicion acercamientoquinientos metrosjuzgado paz

'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 2DA CIRC. CHICHINALES21/07/2026Sent. 32 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz ratificó las medidas dispuestas el 13-07-26 en una denuncia de violencia familiar. Ordenó a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] evitar incidentes, agravios, hostigamiento o reclamos personales contra [DENUNCIANTE_1] por cualquier medio, bajo apercibimiento legal. También ordenó oficiar a la Unidad Policial 40 de Chichinales para notificación urgente, auxilio inmediato ante requerimientos y continuidad de rondines periódicos en el domicilio de [DENUNCIANTE_1] por SIETE (7) días. Las actuaciones se elevan al Juzgado de Familia de Villa Regina.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarratificacionrondines policialeschichinalesjuzgado familia

[DENUNCIANTE_1] C/ [NOMBRE_1] S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 2DA CIRC. CHIMPAY21/07/2026Sent. 50 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz dictó medidas cautelares provisorias en una denuncia de violencia familiar. Prohibió todo acto de violencia contra [DENUNCIANTE_1] y ordenó a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] no ingresar ni permanecer en el domicilio de la denunciante, con un perímetro de exclusión no menor de 300 mts. También prohibió contactos molestos, perturbadores o digitales, incluidos actos de ciberacoso. Las medidas rigen hasta que existan elementos que permitan modificarlas o hasta decisión del Juzgado de Familia competente, y las actuaciones serán remitidas al Juzgado de Familia de Luis Beltrán.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarprohibicion acercamientoexclusion domiciliociberacosojuzgado paz

[DENUNCIANTE_1] C/ [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] S/VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 4TA CIRC. CAMPO GRANDE21/07/2026Sent. 12 · Interlocutoria

La jueza ordenó remitir una causa de violencia familiar a la Unidad Procesal de Familia N° 5 de Cipolletti por conexidad con otro expediente entre las mismas partes. La decisión no dictó nuevas medidas protectorias, sino que concentró el trámite ante el tribunal que ya interviene. También hizo saber al Sr. [DENUNCIANTE_1] que comparte la responsabilidad parental respecto de su hija menor de edad y que puede solicitar asesoramiento e intervención administrativa ante SENAF si considera comprometido el interés superior de la niña.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarconexidadremisionresponsabilidad parentalsenaf

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