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Índice de jurisprudencia — Río Negro

Fallos jurisdiccionales

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Índice indexado · 788 resultados

171 – 180 de 788

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'[DENUNCIANTE_1]' C/'[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 4TA CIRC. CINCO SALTOS07/07/2026Sent. 387 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz rechazó tramitar la denuncia de [DENUNCIANTE_1] contra [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] por violencia familiar, al entender que los hechos no encuadraban en la Ley 3040. Consideró que, según lo relatado, no surgían actos que justificaran esa vía proteccional, aunque ordenó poner lo resuelto en conocimiento de la Unidad Procesal de Familia de Cipolletti. Informó a la denunciante que deberá contar con patrocinio letrado para la continuidad del proceso en esa sede y que, para otros fines, debe acudir por la vía judicial pertinente.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliafamiliaviolencia familiarley 3040desestimacionjuzgado de pazpatrocinio letrado

'[DENUNCIANTE_1]' EN REP. DE [NOMBRE_1] C/ [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 4TA CIRC. CINCO SALTOS07/07/2026Sent. 388 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz rechazó tramitar por violencia familiar la denuncia presentada por [DENUNCIANTE_1] en representación de [VÍCTIMA_1] contra [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]. Consideró que los hechos relatados no mostraban vínculo familiar ni encuadre en la Ley 3040, sino una problemática escolar que debía canalizarse ante la autoridad educativa. De todos modos, ordenó poner lo resuelto en conocimiento de la Unidad Procesal de Familia de Cipolletti y advirtió que, para continuar allí, se requerirá patrocinio letrado. La decisión no resolvió el fondo del conflicto escolar.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliafamiliaviolencia familiarnnyaconflicto escolardesestimacionjuzgado de paz

BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LTDO. C/ PEÑA, JOAN GABRIEL S/ EJECUTIVO

UNIDAD JURISDICCIONAL CIVIL NRO. 21 - VILLA REGINA07/07/2026Sent. 179 · Monitoria

La jueza dictó sentencia monitoria a favor del Banco Credicoop Cooperativo Ltdo. contra Joan Gabriel Peña. Mandó llevar adelante la ejecución hasta el pago de $9.498.215,15, con intereses, costos y costas, y reguló honorarios conjuntos por $1.424.732,27. También ordenó notificar al ejecutado el plazo de cinco días para oponer excepciones y librar mandamiento de embargo por el capital más $4.749.107,57 presupuestados para intereses y costas.

civil_patrimonialejecutivosentencia monitoriabanco credicoopcapital reclamadoembargohonorarios

ARCE GUTIERREZ JORGE GABRIEL S/ SUCESIÓN INTESTADA

UNIDAD JURISDICCIONAL CIVIL 31 CHOELE CHOEL07/07/2026Sent. 169 · Interlocutoria

La jueza subrogante dictó declaratoria de herederos en la sucesión intestada de Jorge Gabriel Arce Gutierrez. Declaró herederas universales a sus hijas ARCE, MARGARITA DEL CARMEN y ARCE, NOELI GRACIELA, y a su cónyuge supérstite VICTORINA DEL CARMEN VALDEBENITO SALAZAR respecto de los bienes propios, si los hubiere, sin perjuicio de sus derechos sobre los gananciales. La decisión se apoyó en la defunción, el vínculo matrimonial, las partidas de nacimiento, el informe testamentario negativo y el vencimiento de edictos.

Sucesionessucesionesdeclaratoria herederossucesion intestadaconyuge superstitebienes propiosgananciales

G.M.I. S/ PROCESO DE CAPACIDAD

UNIDAD PROCESAL N° 17 2DA CIRC. - G. ROCA07/07/2026Sent. 314 · Interlocutoria

La jueza de Familia aprobó la rendición de cuentas presentada el 1/Jul/26 en el proceso de capacidad de G.M.I., tras constatar que no recibió objeciones de la Defensora de Incapaces ni del Dr. Suarez. Además ordenó librar oficio al Banco Patagonia para pagar por ventanilla $300.000, fondos depositados en la cuenta judicial, en concepto de pago mensual de vivienda. Dispuso que, una vez abonado el inmueble, se rindan cuentas de los fondos.

AnonimizaciónFamiliafamiliacapacidadrendicion cuentascuenta judicialpago viviendabanco patagonia

' [ACTOR_1]' S/ GUARDA

UNIDAD PROCESAL Nº 7 (JUZGADO DE FAMILIA N° 7) - CIPOLLETTI06/07/2026Sent. 558 · Definitiva

La UPF 7 dispuso prorrogar por un año la guarda de [FAMILIAR_1] y [FAMILIAR_2] a cargo de su bisabuela paterna, [ACTOR_1]. La jueza tuvo por no modificadas las condiciones que habían originado la guarda y siguió el dictamen favorable de la Defensora de Menores e Incapaces. También otorgó a la guardadora función de protección de la persona y bienes, con facultades de representación para decisiones de educación, salud, esparcimiento y percepción de asignaciones mientras dure la guarda o hasta nueva orden judicial.

NNyAAnonimizaciónFamiliafamiliaguardannyaprorroga guardabisabuela paternafuncion proteccionrepresentacion

'[ACTOR_1]' C/ '[DEMANDADO_1]' Y '[DEMANDADO_2]' S/ REGIMEN DE COMUNICACION

UNIDAD PROCESAL Nº 11 - CIPOLLETTI06/07/2026Sent. 79 · Homologada

La UPF 11 homologó el acuerdo de régimen de comunicación entre [ACTOR_1], abuela paterna, y la niña [FAMILIAR_1]. El esquema fija contactos los lunes y miércoles, fines de semana alternados y reglas especiales para recesos, cumpleaños y festividades. La decisión mantiene expresamente la restricción de contacto de la niña con su progenitor y pone en cabeza de [ACTOR_1] garantizar su cumplimiento durante los encuentros. Impuso costas por su orden y reguló honorarios de las letradas intervinientes.

NNyAAnonimizaciónFamiliafamiliaregimen comunicacionhomologacionnnyaabuela paternarestriccion contactocostas por su orden

MUNICIPALIDAD DE CIPOLLETTI C/ VALDEBENITO, YOLANDA BEATRIZ S/ MONITORIO - EJECUCIÓN FISCAL

UNIDAD JURISD CONTENCIOSO ADM N° 15 4TA. CJ (UJCA) - CIPOLLETTI06/07/2026Sent. 864 · Monitoria

La Unidad Jurisdiccional Contencioso Administrativa N° 15 dictó sentencia monitoria en la ejecución fiscal promovida por la Municipalidad de Cipolletti contra Yolanda Beatriz Valdebenito. Ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago del capital reclamado de $ 435.373,52, con más intereses y costas. También reguló honorarios profesionales en conjunto en $ 609.749 y fijó provisoriamente $ 522.561,26 para responder por intereses y costas, sujeto a la liquidación definitiva. La sentencia dispuso notificar a la ejecutada el plazo de cinco días para oponer excepciones.

fiscal_tributarioejecucion fiscalmunicipalidad cipollettimonitoriacapital reclamadohonorarioscostasexcepciones

GODOY, ISAIAS RUBEN C/ BONADE S.A. S/ CONCILIACIÓN LABORAL - CONCILIACION LABORAL S/ OFICIOS LEY Y/O EXHORTOS -

CÁMARA SEGUNDA DEL TRABAJO - GENERAL ROCA06/07/2026Sent. 168 · Homologada

La Cámara del Trabajo homologó el acuerdo agregado a autos en una conciliación laboral entre Godoy y Bonade S.A., con costas a cargo de la requerida. Admitió los honorarios pactados para el letrado del actor por $900.000, para la letrada de la demandada por $450.000 y para las conciliadoras en conjunto por $450.000, sobre un monto base del acuerdo de $4.500.000. También fijó reglas para pago y eventual ejecución por falta de cumplimiento.

Laboralconciliacion laboralhomologacionBonadehonorariosmonto basecostas

'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE FAMILIA - VILLA REGINA06/07/2026Sent. 285 · Interlocutoria

El Juzgado de Familia modificó medidas cautelares de violencia familiar, dejó sin efecto las ratificadas el 10/06/2026 y dispuso una prohibición recíproca para [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] y [DENUNCIANTE_1]. Ambas partes tienen prohibido ejercer actos de violencia o episodios molestos, perturbadores, persecución, intimidación, amenazas, vigilancia o publicaciones por redes sociales, bajo apercibimiento de intervención fiscal por desobediencia. También ordenó que ambos inicien tratamiento psicoterapéutico individual e informen su evolución, y requirió a dependencias policiales tomar razón de la morigeración.

Violencia familiarSalud mentalAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarmodificacion de medidasprohibicion reciprocatratamiento psicoterapeuticoETI

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