ESCOBAR BORDON, FRANCO RODRIGO C/ SWISS MEDICAL ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO
Resumen IA pendiente
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La Cámara Segunda del Trabajo de Bariloche homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre la trabajadora y Marger SAS en un proceso ordinario laboral. La Cámara consideró que la transacción fue libremente pactada, con asesoramiento letrado y orientada a una justa composición del litigio. Tuvo presentes las costas pactadas a cargo de la demandada y los honorarios acordados para las letradas de la actora por $1.800.000, en conjunto y por partes iguales. Además, reguló los honorarios de la letrada de la demandada en $882.000, más IVA si correspondiera. Intimó a acreditar aportes de Caja Forense y a la demandada a abonar tasa de justicia, sellado y contribución al Colegio de Abogados.
El Juzgado de Paz de Luis Beltrán hizo lugar a la demanda de menor cuantía promovida por la actora contra el demandado por el cobro de honorarios profesionales derivados de un asesoramiento legal. El juzgado tuvo por acreditada la deuda a partir de la prueba acompañada, el reconocimiento surgido de las conversaciones incorporadas y la incomparecencia del demandado a la audiencia, con los efectos previstos por el art. 700 del CPCC. Condenó al demandado a pagar $238.764, más $87.139,50 presupuestados por honorarios y aporte a Caja Forense, dentro de los diez días de notificado y bajo apercibimiento de ejecución. Impuso las costas al ejecutado y reguló honorarios de la actora en $82.990, más intereses.
La Unidad Jurisdiccional Contencioso Administrativa N° 13 de Bariloche dictó sentencia monitoria en una ejecución fiscal promovida por la Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro. Ordenó llevar adelante la ejecución hasta que la demandada pague el capital reclamado de $3.216.706,20, con más intereses y costas. Reguló los honorarios profesionales de la representación de la actora en $566.769 y fijó provisoriamente $1.891.737,60 para responder por intereses y costas, sujeto a liquidación definitiva. La resolución ordenó notificar a la ejecutada, informar el plazo para oponer excepciones y habilitar, si se solicita, medidas de embargo sobre bienes o fondos suficientes.